ASAMBLEA GENERAL INFORMATIVA
EXTRAORDINARIA
DOMINGO 18 DE JUNIO DE 2017, 11:00H EN LA SEDE DE LA
ASOCIACIÓN (única convocatoria).
ORDEN
DEL DÍA
- APLICACIÓN DE LA ITC 26 (REGLAMENTO DE PÓLVORA)
- INFORMACIÓN SOBRE POSIBLE PASACALLES CON TRABUCO DE PETARDOS PARA NIÑOS EL DIA 3 DE SEPTIEMBRE
NUEVA NORMATIVA PARA LOS ACTO DE DISPARO
El pasado 4 de marzo se
publicó en el B.O.E. el nuevo Reglamento de Explosivos, en el que se incluye la
INSTRUCCIÓN TÉCNICA
COMPLEMENTARIA nº 26 (ITC 26), que regula las
manifestaciones festivas con uso de armas de avancarga (podéis acceder a ella y estudiarla en las páginas web de las Comparsas
y de la Asociación).
La publicación de esta norma supone
un cambio drástico en el concepto y en la práctica de nuestros actos de
disparo: son nuevos tiempos, con nuevas normas (más complicadas y exigentes) y
nuevas responsabilidades que todos hemos de asumir. Si no lo hacemos, nos
enfrentamos al peligro cierto de quedarnos sin lo más significado y preciado de
nuestras Fiestas: los Actos de Disparo.
Pedimos, por ello, la colaboración y
la comprensión de todos. Al fin y al cabo, nosotros, los directivos de las
Comparsas y de la Asociación no somos más que los encargados de organizar los
actos y, como cualquier festero, queremos una sola cosa: lo mejor para estas
Fiestas. Nos enfrentamos, insistimos, a una situación nueva y complicada, en la
que todos hemos de actuar con responsabilidad. Si lo hacemos así, con sentido
común y de forma solidaria, lograremos remontar estas dificultades y preservar
nuestra tradición de actos de disparo. Para ello, tanto las Comparsas como la
Asociación haremos todo lo necesario para facilitar que, dentro de la nueva
norma, cualquier festero que quiera salir a disparar pueda hacerlo. Compromiso
por compromiso, esperamos que todos, por el bien de nuestras Fiestas, hagan un
esfuerzo por asumir y cumplir las nuevas obligaciones que impone la ley.
A continuación, se detallan los
aspectos más relevantes que se deben tener en cuenta para las próximas Fiestas.
REQUISITOS DE ACTOS DE
ARCABUCERIA: únicamente podrán disparar y portar pólvora en los Actos de Disparo aquellas personas que estén inscritas y
autorizadas por la Subdelegación del Gobierno, y que a su vez figuren en los
listados de la póliza del Seguro Festero.
Es obligación del Ayuntamiento, en
colaboración con la Asociación y
con los responsables de los Actos de Disparo, hacer cumplir las medidas de
seguridad y de las normas establecidas.
Es obligación del festero cumplir esas mismas normas y medidas.
PARTICIPANTE
ACTIVO: así se designa en la ITC 26 a la persona que participa en los
Actos de Disparo ya sea como
tirador o como cargador(se recuerda que los primeros están
obligados a disponer del Permiso de Armas de
Avancarga tipo AE).
TIRADOR-PORTEADOR: así denomina la ITC 26 a quien participa en Actos de Disparo portando pólvora y disparando con armas
de avancarga (es el caso habitual del tirador que se
carga su propia pólvora).Es
obligatorio que sea socio de alguna Comparsa.
TIRADOR
(O DISPARADOR):así denomina la ITC 26 a la persona que, teniendo autorización de
Autoridad para disparar, participa
como tirador en Actos de Disparo, pero sin haber retirado pólvora (es el caso,
por ejemplo, de muchas personas que viven fuera y no pueden asistir al
reparto). Dispone, por ello, de uno o varios cargadores que son los que le
suministran la pólvora. Es obligatorio que sea socio de alguna
Comparsa.
CARGADOR (o PORTEADOR): de
acuerdo con la ITC 26 está vinculado a determinado tirador o disparador, al que carga
la pólvora. En el reparto de pólvora está habilitado para retirar pólvora en condiciones iguales a las del tirador.
Para ello, es preciso que disponga, bien de una licencia de armas (sirven tanto la de armas de avancarga como la de armas de caza),
bien de un certificado médico psicotécnico equivalente a dicha
licencia de armas. Este certificado médico se expediría con
una validez de 5 años, a falta de la ratificación oficial del borrador presentado
en el ministerio. Se informará de la resolución respecto a este tema
debidamente en la junta extraordinaria.
La ITC 26 prohíbe expresamente que
en los Actos de Disparo participen cargadores que no estén autorizados por la
autoridad competente. No es obligatorio que
sean socios de una Comparsa.
CURSILLO DE FORMACION: todos los participantes activos
(incluidos los cargadores) han de tener un
certificado de formación mínima
para Actos de Disparo (medidas de seguridad, manejo del arma, riesgos, etc.).
El Ayuntamiento, en colaboración con la Asociación, es el responsable de impartir la formación correspondiente.
También está obligado a comunicar la realización los cursillos al área funcional de
Industria de la Subdelegación.
Los cursillos serán impartidos
por personal cualificado.
Estos cursillos no son
obligatorios para las
personas que acrediten haber participado durante más de dos años en los actos de disparos. Se adjunta el documento de justificación, que se
ha de entregar en las oficinas de la Asociación, abiertas todos los viernes del mes de julio de 20.00 a 22.00 h.
Quienes no tengan esta experiencia
previa habrán de realizar el cursillo de formación, que será gratuito. Cada
participante sólo deberá asistir a una clase, bien sea el viernes 7 o 14 de Julio de 2017 a las 20:00h en
la sede de la Asociación. Allí se acreditará su presencia y firma del documento
de asistencia.
ARMAS
DE AVANCARGA: deben cumplir lo establecido en el Reglamento de Armas (Guía de pertenencia). El titular del arma está obligado a presentar a la Asociación justificante (fotocopia) de la Guía, tanto si es propia, como si
es cedida o de alquiler. Es responsabilidad del
propietario del arma asegurar que se encuentre en buen estado y funcione
correctamente; a estos efectos, en caso de cesión o alquiler el responsable
es el titular de la guía. Las
armas sólo se pueden utilizar en los horarios marcados para los Actos de
Disparo (nunca en los desfiles).
CAJAS DE POLVORA: solo se
pueden utilizar cajas homologadas (quedan totalmente prohibidas las metálicas de 4 kgs.),
y los dosificadores de carga tendrán
una capacidad máxima de 18grs. (quedan prohibidos los cargadores de doble capacidad y los metálicos). Las nuevas cajas
homologadas han de tener un cierre de seguridad y tapa antichispas para
proteger la dosis de pólvora que se
extrae en cada carga.
Hay
plazo para adaptar las actuales cajas de plástico hasta las
Fiestas de 2018. En todo caso, las metálicas están
totalmente prohibidas en las fiestas de 2017. Las Comparsas van a disponer de
cajas de pólvora nuevas, al precio de 60 euros (precio de coste), para todos
los festeros que así lo soliciten. Se podrá hacer la reserva a la directiva que
corresponda o el día de la asamblea informativa abonando el precio de reserva.
SOLICITUD DE LA POLVORA: la puede
realizar cualquier persona que tenga un permiso de armas o un certificado psicotécnico equivalente. Se pueden solicitar 2kgs.
para cada acto, pero ningún participante
activo (tirador o cargador) podrá
portar más de 2kgs. en ningún momento.
Por ejemplo, para 3 Actos de Disparo, con un consumo
total previsto de 6 kgs. de pólvora, la solicitud podría realizarse de dos
maneras: a) un tirador-porteador podría solicitar 2kgs., y 2 cargadores
vinculados a él podrían solicitar otros 2 kgs. cada uno; b) 3 cargadores
vinculados a un tirador (que no recoge pólvora) podrían solicitar 2 kgs. cada
uno.
La solicitud de pólvora se
podrá realizar en Artesanías el Rojo durante el mes de julio, en días laborales de 17.00 a 20.00 horas, así
como el último sábado de julio de 10.00 a 13.00 horas (último día de posibilidad de
petición). El precio del kilogramo de pólvora para el año 2017 es de 32€, y el de la
caja de pistones 7,50 €. Estos precios se habrían incrementado sustancialmente de
no ser porque la Asociación y el
Ayuntamiento se han comprometido a sufragar los gastos del trasporte y reparto de la pólvora, a la que este año la empresa suministradora ha aplicado una
subida del 3%.
REPARTO DE LA POLVORA: se efectuará en dos fechas de reparto. El primero, el 5 de septiembre (con tres actos para el día 7) y el segundo, el día 8 de septiembre (con cinco actos repartidos entre los días 8,9 y 10). La pólvora
no puede permanecer más de 72 horas en
nuestros domicilios. PARA
PARTICIPAR TODOS LOS DIAS ES OBLIGATORIO ESTAR INSCRITO EN LOS DOS REPARTOS que estarán ordenados por grupos y se comunicarán previamente en
la junta del 15 de agosto.
Únicamente podrá
recoger la pólvora la persona que la haya solicitado, para lo cual habrá de
acreditarse con su DNI. La cantidad máxima de pólvora que se podrá transportar en cada vehículo y guardar en cada
casa es de 4kgs. Oportunamente se comunicará el
lugar en que se realizará la entrega de la pólvora (posiblemente será el mismo
utilizado en años anteriores).
Cuando finalice el último Acto
de Disparo de las Fiestas, la pólvora "sobrante” deberá ser devuelta al proveedor.
TRASVASE DE LA POLVORA
Y PRECINTADO: la pólvora no se entregará en el envase
original, sino única y
exclusivamente en una caja con una capacidad máxima
de 2 kgs. (por ejemplo, para 6 kgs. se necesitarán 3 cajas). Los encargados
del reparto trasvasarán la pólvora
a la caja, que quedará
precintada y numerada hasta la finalización de los Actos de Disparo que cubra el
reparto realizado. No se
podrá quitar el precinto hasta un nuevo reparto o hasta que se produzca la
devolución del sobrante,
siempre bajo la supervisión de la Asociación.
Concluído el último Acto de
Disparo no podrá quedar pólvora
en la caja. Se recomienda encarecidamente que se solicite sólo la pólvora
necesaria, para evitar la devolución de sobrante y los consiguientes gastos.
CERTIFICADO
MÉDICO PSICOTÉCNICO: desde la Asociación se ha solicitado a las clínicas una rebaja en el precio del
certificado (cuya validez será de 5 años, si las gestiones en trámite lo
corroboran). La Policlínica Caudete se compromete a expedir el certificado por
45 € y la clínica Psicomed, de
Almansa, por 35 €. Se debe aportar un foto reciente tamaño carnet y presentar el DNI.
OTROS ACTOS
DIANAS: serán musicales. Sólo
podrán tirar petardos aquellas personas que sean socios activos de las Comparsas (por estar incluidos en el Seguro especial de dianas), usen los petardos suministrados por las Comparsas y hayan realizado el CRE. El cursillo para obtenerlo (previo
pago de 3 €) se desarrollará en la sede de la Asociación el día 1 de julio, de
9:00 a 14:00 horas.
En las Dianas, todos los
participantes deberán ir debidamente identificados con las acreditaciones que les entregarán las Comparsas.
Los menores de edad, a partir de 14 años,
podrán participar acompañados de un adulto, ateniéndose a las mismas
condiciones y tirando los petardos adecuados a su edad. Se podrá participar en
todas las dianas.
CARROZAS, CABALLOS Y CARRUAJES: todos
los que participen en los desfiles con animales, vehículos a motor o plataformas deberán contar con la correspondiente póliza de
seguro de responsabilidad civil y, en su caso, permiso de circulación.
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por
aquí--------------------------------------------------------------------------
D/Doña
_______________________________________, con D.N.I ______________, domicilio
sito en ___________________________________, C/ __________________________, Nº
___________ y nº de teléfono ____________, ante el Excmo. Ayuntamiento de
Caudete comparezco y como mejor proceda EXPONGO:
- Que conozco la Instruccón Técnica Complementaria número 26, manifestaciones festivas con uso de armas de avancarga (ITC 26), tendente a regular las celebración de manifestaciones festivas con uso de armas de avancarga y pólvora negra; publicada en el BOE de fecha de 4 de Marzo de 2017.
- Que solicito al Excmo. Ayuntamiento de Caudete que acredite que participo en los actos de disparo de arcabucería desde hace más de dos años desde la fecha de presente escrito.
- Que estoy en posesión de la licencia de armas de avancarga, con licencia nº ____________.
En virtud de los expuesto SOLICITOa este organismo público que acredite
lo expuesto en el presente escrito, y de ello de conformidad con la Instrucción
Técnica Complementaria nº26 publicada en el BOE de fecha 4 de marzo de 2017.
En Caudete a ____ de __________
de 2017.
Firmado:
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